Conoce los tipos de beneficiarios y cuáles son los requisitos que se deben presentar para dar de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los beneficiarios son aquellas personas que reciben un porcentaje de la pensión o recursos de un trabajador, en caso de que este fallezca.
La Ley del Seguro Social establece dos tipos de beneficiarios, estos son:
Beneficiarios Legales
Tiene derecho a solicitar la pensión y disponer los recursos de la cuenta ya sea en una sola exhibición o en forma de pensión
- Viuda/o (si dependió económicamente)
- Concubina o Concubinario (si dependió económicamente)
- Hijos menores de 16 años e hijos mayores de 16 años que se encuentren estudiando o no puedan mantenerse por sí mismos.
- Padres del trabajador (a falta de cónyuge, concubina o hijos)
Beneficiarios Sustitutos
Son aquellas personas que no se encuentran consideradas como Beneficiarios Legales, no tienen derecho a pensión, pero pueden disponer de los recursos de la cuenta individual.
¿Qué requisitos necesito para ser beneficiario? – Asignaciones Familiares
Para que un pensionario pueda aumentar su pensión de cesantía por edad avanzada o vejez, debe agregar a los beneficiarios establecidos por el IMSS.
Los documentos que necesitan ser presentados de forma original y copia, son:
Por el pensionista y/o asegurado:
- Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, etc.)
- Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses de expedición)
- Clave única de Registro de Población (CURP)
Por los beneficiarios, según corresponda:
Esposa/o | Copia certificada del acta de matrimonio (original) expedida en el Registro Civil |
Concubina | Copia Certificada de la Resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial (original) |
Hijo menor de 16 años | No presentara documentación adicional. |
Hijo de 16 años y hasta 25 años estudiante | Constancia de estudios (original) que acredite su inscripción del ciclo escolar y sea expedida por instituciones que pertenezcan al Sistema Educativo Nacional. |
Hijo mayor de 16 años incapacitado | Dictamen de beneficiario incapacitado ST-6, expedido por los servicios médicos institucionales, que acredite que el beneficiario se encuentre totalmente incapacitado. El documento será emitido por los servicios de Salud en el Trabajo. |
Tus padres o ascendientes | Copia Certificada de la Resolución emitida por autoridad judicial (original), que acredite la dependencia económica o; Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos. |
NOTA
Recuerda presentar una copia certificada original, expedida por la autoridad administrativa de los documentos públicos (Acta de nacimiento, adopción, matrimonio, etc.)
Fuente: IMSS